miércoles, 29 de julio de 2009

COMPETENCIAS NUTRICIONISTA DIETISTA

UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE
ESCUELA DE NUTRICIÓN Y SALUD COMUNITARIA


HOSPITAL PEDIÁTRICO “BACA ORTIZ”
GESTIÓN HOTELERA. DEPARTAMENTO DE NUTRICIÓN Y DIETÉTICA


BASE LEGAL EN LA QUE SE APOYA LA EXISTENCIA DE LA GESTIÓN DE NUTRICIÓN Y ALIMENTACIÓN EN LAS UNIDADES OPERATIVAS DEL MINISTERIO DE SALUD.

La salud como base del desarrollo humano constituye una de las mayores responsabilidades y prioridades del estado ecuatoriano estipulado como mandato en la Constitución de la República, Art. 42 que dice: “El estado garantizará el derecho a la salud, su promoción y protección por medio del desarrollo de la Seguridad Alimentaria, la provisión de agua potable y saneamiento básico, el fomento de ambientes en lo familiar y comunitario y la posibilidad de acceso permanente e ininterrumpido a servicios de salud conforme a principios de equidad, universalidad, solidaridad, calidad y eficiencia”

Para responder a este postulado constitucional el Estado Ecuatoriano establece sus Políticas de Salud que deben ser aplicadas y operativizadas en los diferentes niveles de atención, a través del Ministerio de Salud Publica, Rector en la implementación de las políticas del sector.
Entre los fundamentos legales que amparan las acciones de Alimentación y Nutrición en el sector salud están:
1. Acuerdo Ministerial No. 6408. REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL GENERAL DE HOSPITALES DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA., publicado en el Registro Oficial No. 793, del 25-jul-1998. CAPÍTULO VI. Servicios Técnicos de Colaboración Médica: Servicio de Alimentación y Dietética.

2. Políticas de Salud vigentes promulgadas en el Plan Nacional del Ministerio de Salud Pública.

3. Ley de Defensa de los Profesionales en Nutrición y Dietética promulgada según R.O. Nº 297 del 15 de abril de 1998 y su respectivo Reglamento General de Aplicación de la Ley, publicado en R.O. Nº 54 del lunes, 26 de Octubre de 1998.

4. Ley de defensa del Consumidor.

5. Ley del Anciano R.O. 806 del 6 de Noviembre de 1991.

6. Ley sobre discapacidades R.O.996 del 10 de Agosto de 1992 y reglamento general sobre discapacidades. R.O: 374 del 4 de febrero de 1994.

7. Reglamento de Manejo de Desechos Sólidos de los establecimientos de Salud de la República del Ecuador R. O. 106 del 10 de enero de 1997.

8. Manual de Normas y Procedimientos Técnico Administrativo de los Servicios de Alimentación y Dietética de las unidades operativas de Salud del Ministerio de Salud Pública.

9. Reglamento Orgánico Funcional de Hospitales R.O. 793 del 25 de julio de 1984.

10. Código del Trabajo.

11. Noveno Contrato Colectivo entre trabajadores de la Salud y el Ministerio de Salud Pública 2005 – 2006.

12. Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de unificación y Homologación de las remuneraciones del Sector Público (LOSCCA) R.O Nº 423 del 22 de diciembre del 2006.

13. Código de Salud y sus Reformas R.O. 158 del 2 de febrero de 1971.

14. Acuerdo Ministerial Nº 01726 del 13 de Octubre de 1999 de desconcentración de la Administración y Gestión de personal del Ministerio de salud Pública a las direcciones de Salud, Hospitales y Áreas de Salud del país.

15. Políticas de Gestión de Recursos Humanos para la Administración Pública SENRES Estructura por procesos del Ministerio de Salud Pública, aprobada mediante resolución transitoria 026 de la ex OSCIDI del 17 de julio del 2003.

16. CONESUP – AFEME

17. Ley Orgánica de Salud. Publicada en R.O. de diciembre del 2006

DEFINICIÓN DEL(A) NUTRICIONISTA DIETISTA.
(PERFIL PROFESIONAL Y ACTITUDINAL).

El (la) Nutricionista Dietista, es un(a) profesional con capacidad teórico-práctica y humanísticamente formado para interactuar con otros profesionales y con la comunidad en la problemática de Alimentación, Nutrición y Salud del Ecuador. Está capacitado para participar en investigación, formulación, ejecución, evaluación y reestructuración de acciones de prevención, promoción, recuperación y rehabilitación de los problemas relacionados con la Alimentación, Nutrición y Dietoterapia.

Para amparar el desempeño del Profesional Nutricionista, se crea la Ley de Defensa, la misma que se publica en el Registro oficial Nº 297 del 15 de Abril de 1998 y en los aspectos más importantes se destaca:

ÁMBITO Y COMPETENCIA. Art. 1. Esta ley regula y protege el ejercicio profesional de quienes han obtenido el título de Licenciado en Nutrición y Dietética o sus equivalentes en el nivel de educación superior, otorgado por las universidades o escuelas politécnicas legalmente constituidas en el país; y, de aquellos que habiendo obtenido en el exterior lo revalidaren de conformidad con la Ley.

Art. 2. Compete a los Licenciados y demás profesionales de nivel superior en Nutrición y Dietética la planificación, ejecución, asesoría, supervisión y evaluación de proyectos y programas alimenticios y nutricionales dirigidos a individuos y colectividades sanas y enfermas.

Podrán también ejercer la docencia de conformidad con la Ley.

ÁREAS BÁSICAS DE DESEMPEÑO

ÁREA DE NUTRICIÓN Y SALUD PÚBLICA.

Instituciones públicas y privadas, Instituciones Multidisciplinarias (ONGS, Agencias de Desarrollo), dedicadas a la elaboración, aplicación y evaluación de proyectos de desarrollo alimentario nutricional.

ÁREA DE NUTRICIÓN NORMAL Y CLÍNICA.

Hospitales, clínicas, centros de saludConsultorios privados - Centros de estética y Spa.

ÁREA DE ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN.
Microempresas de producción de alimentos y comidasComedores autogestionarios y públicos
Servicios de alimentación hospitalarios
Servicios de alimentación de pequeña, mediana y gran capacidad (guarderías, asilos, cuarteles, centros de rehabilitación social)
Nutrición hotelera, alimentación en empresas de aviación, empresas petroleras, mineras.Hoteles, restaurantes, cafeterías, bares y todo servicio que brinde alimentación a colectividades sanas y enfermas.

ÁREA DE TECNOLOGÍA Y PRODUCCIÓN DE ALIMENTOS.
Empresas de producción de alimentos industrializados y laboratorios.

ÁREA DE DOCENCIA.
Universidades, Institutos Superiores y de Nivel Medio

ÁREA DE INVESTIGACIÓN:
Institutos y/o Centros de Investigación Nutricional y de Salud, públicos y privados

ÁREA DE EDUCACIÓN Y COMUNICACIÓN:
Medios de comunicación (TV. Radiodifusión, Prensa)Cursos y Seminarios

LIBRE EJERCICIO PROFESIONAL

Consultorios y empresas privadas
Microempresario

COMPETENCIAS Y FUNCIONES DE LOS(AS) PROFESIONALES
EN NUTRICIÓN

A continuación se describe en negrillas las COMPETENCIAS GENERALES y seguidamente con viñetas las funciones de los(as) profesionales en Nutrición.

1. Realizar la historia alimentaria nutricional, identificando y respetando los factores psicológicos, sociales, culturales, religiosos, políticos económicos que determinan la conducta alimentaria y su incidencia en el proceso salud – enfermedad.

2. Valorar y respetar la diversidad y multiculturalidad.

v Diseñar el formulario de historia alimentaria nutricional tomando en cuenta los aspectos psicológicos, sociales, culturales, religiosos, políticos económicos que determinan la conducta alimentaria y su incidencia en el proceso salud - enfermedad.
v Validar el instrumento (formulario de historia alimentaria nutricional)
v Aplicar el formulario y registrar información pertinente.

3. Realizar la evaluación nutricional considerando: diagnóstico, información de la historia clínica, examen físico, valoración antropométrica, bioquímica, clínica y el consumo alimentario.

v Obtener valores antropométricos, revisión de la historia clínica, exámenes de laboratorio y referencias del examen físico.
v Realizar anamnesis alimentaria(recordatorio de 24 horas, frecuencia de consumo, pesada y medida directa de alimentos)

4. Realizar diagnósticos y tratamientos alimentarios nutricionales y dieto terapéuticos de acuerdo a la enfermedad.

v Utilizar estándares de referencia para la clasificación y vigilancia nutricional
v Implementar las medidas de intervención nutricional acordes al requerimiento, a saber: suplementación, complementación, educación y vigilancia.

5. Prescribir el plan de alimentación y dietoterapéutico con pertinencia y eticidad de acuerdo a la condición de salud o enfermedad.

v Establecer el plan de alimentación y dietoterapéutico fundamentados en las recomendaciones nutricionales establecidas por la FAO - OMS -UNU - OPS.

6. Realizar seguimiento y evaluación de la intervención dieto terapéutica.

v Establecer controles regulares para observar la evolución y resultados del tratamiento.

7. Evaluar el estado nutricional individual y colectivo de personas sanas o enfermas de los diferentes grupos etareos y grupos en riesgo, utilizando los métodos, técnicas e instrumentos recomendados.

v Utilizar instrumentos, métodos, técnicas recomendados por organismos internacionales de Salud, estandarizados acorde a las necesidades del individuo y la comunidad.

8. Planificar y desarrollar programas alimentarios nutricionales y dietoterapeuticos en el ciclo de la vida y grupos en riesgo.

v Elaborar y participar en la ejecución de diagnósticos de la situación nutricional y los factores condicionantes.
v Establecer prioridades de intervención Alimentario nutricional.
v Identificar recursos necesarios para la instrumentación Alimentario - nutricional.
v Participar en la elaboración de planes, programas y proyectos de alimentación y nutrición.
v Participar en la organización, supervisión y evaluación de la ejecución de un plan, programa o proyecto de intervención alimentaria nutricional.

9. Diagnosticar, prescribir, administrar y evaluar las fórmulas y alimentos para nutrición infantil.

v Diseñar y formular mezclas alimentarias y nutrimentales para nutrición normal y dietoterapeútica.
v Diseñar y evaluar la aplicación de fórmulas nutrimentales para su utilización en soporte nutrimental y nutrición enteral.
v Determinar el requerimiento de soporte nutrimental en pacientes críticos.
v Planificar y supervisar la administración de nutrición enteral y soporte nutrimental.

10. Diagnosticar, prescribir, administrar y evaluar el soporte nutricional y fórmulas especiales para alimentación enteral y parenteral.

v Revisión, análisis y selección del tipo de productos a ser utilizados.
v Planificar , aplicar y evaluar el plan de soporte nutricional

11. Diagnosticar, prescribir, administrar y evaluar el soporte nutricional y fórmulas especiales para pacientes críticos y enfermedades terminales.

v De acuerdo al diagnóstico establecido planificar, aplicar y evaluar el plan de soporte nutricional.

12. Aplicar el tratamiento alimentario nutricional y dietoterapeútico basado en evidencias.

v Planificar, ejecutar y evaluar el plan alimentario nutricional individual.

13. Analizar e interpretar datos estadísticos y epidemiológicos.

v Documentarse y revisar fuentes de información epidemiológica y estadística de salud, educación, producción, agricultura, saneamiento y medio ambiente.

14. Analizar e interpretar literatura científica y técnica.

v Proveerse de literatura actualizada procedente de diferentes fuentes.
v Planificar, desarrollar y participar en eventos científicos a nivel, local, regional, nacional, e internacional.

15. Generar y aplicar la tecnología y la informática en los ámbitos de la alimentación, nutrición y salud.
v Replicar contenidos y conocimientos técnicos y científicos sobre salud, alimentación, nutrición y dietoterapia a través de material impreso y / o audiovisual.
v Asesorar técnicamente en la elaboración de paquetes informáticos aplicables en el área clínica, administración, salud publica, investigación, educación y comunicación.

16. Comunicación en un idioma extranjero.

v Suficiencia de un idioma extranjero como herramienta básica de comunicación en el sistema de comunicación globalizado.

17. Reconocer la estructura y funcionamiento del Sistema Nacional de Salud.

v Documentarse, analizar y replicar la información relacionada con el Sistema Nacional de Salud.

18. Participar en los distintos Niveles de Atención de Salud de la Población.

v Elaborar propuestas de participación a nivel nacional, regional, provincial y local en el ámbito de la Alimentación, Nutrición y Salud.

19. Reconocer los principios de promoción de la salud y prevención de enfermedades.

v Planificar y ejecutar programas de información, educación y comunicación sobre Alimentación, Nutrición y Salud.

20. Conocer, aplicar y respetar las normas de bioseguridad.

v Contribuir en la aplicación y cumplimiento de las normas establecidas

21. Desarrollar el conocimiento científico-técnico y humanista con enfoque de Género, Cultura y Ambiente.

v Planificar y socializar eventos y actividades tendientes a cubrir las expectativas y demanda de la comunidad considerando aspectos culturales y medio ambiente.

22. Gerenciar Servicios de Alimentación y Nutrición para colectividades sanas y enfermas.

v Planificar, organizar, ejecutar, controlar y evaluar el funcionamiento de los Servicios de Alimentación públicos y privados de pequeña, mediana y gran capacidad
v Planificar, implementar y evaluar el menú normal y la derivación a dietas teniendo de referente el presupuesto.
v Diseñar la infraestructura física y equipamiento de servicios de alimentación hospitalarios, de clínicas e industriales.
v Organizar y distribuir el personal del equipo de trabajo de Gestión Hotelera en turnos, horarios, considerando necesidades, funciones, actividades y prioridades del servicio en el ámbito hospitalario.

23. Diseñar, ejecutar y evaluar programas de educación en salud, alimentación y nutrición acordes a las necesidades de la comunidad.

v Cubrir la demanda de las necesidades de la comunidad con planes de capacitación.

24. Planificar, organizar, ejecutar y evaluar actividades de fomento, promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud con criterios de solidaridad y calidad.

v Desarrollar eventos y actividades programadas con esta finalidad.

25. Promover y desarrollar estilos de vida saludables a través de actividades de alimentación, cultura física, deportes y recreación, para mejorar la calidad de vida de la población Ecuatoriana.

v Desarrollar iniciativas que fomenten cambios favorables en el estilo de vida.

26. Propiciar cambios de conducta a favor del auto cuidado y promover estilos de vida saludables a través de un proceso de enseñanza - aprendizaje continuo y sostenido.

v Mantener programas continuos de educación y práctica.

27. Elegir y aplicar las mejores estrategias de relaciones humanas, interpersonales y de trabajo respetando la línea jerárquica superior e inferior en los diferentes ámbitos.

v Respetar, aplicar y evaluar las normas y reglamentos establecidos.

28. Planificar y distribuir el personal y equipo de trabajo de los Servicios de Alimentación públicos y privados de pequeña, mediana y gran escala.

v Programar la plantilla de personal y equipo necesario en relación a la población atendida.

29. Apoyar y reforzar actividades de crecimiento personal y grupal así como la capacitación y mejoramiento profesional, técnico y operativo del talento humano del Servicio de Alimentación.

v Programar capacitación continua para el personal del Servicio de Alimentación.

30. Diseñar y elaborar material educativo impreso y audiovisual sobre salud, alimentación nutrición y dietoterapia acorde a las necesidades de la comunidad.

v Realizar y difundir el material elaborado.

31. Interpretar y aplicar los fundamentos básicos de la investigación en Salud, Alimentación, Nutrición y Dietoterapia.

32. Proponer y Desarrollar perfiles y Proyectos de Investigación sobre Salud, Alimentación, Nutrición y Dietoterapia.

v Formular propuestas de investigación.
v Diseñar instrumentos y proponer metodologías para recolectar los datos.
v Dirigir, supervisar y evaluar la recolección de datos.
v Analizar e interpretar los resultados de la investigación.
v Aplicar y difundir los resultados de las investigaciones.

33. Apoyar las iniciativas de investigación en todas las áreas relacionados con la salud, alimentación, nutrición y dietoterapia.

v Participar y / o facilitar el desarrollo de los procesos de investigación.

34. Conocer, analizar y discutir las Políticas de Educación Superior en relación al Proyecto de Evaluación y Acreditación Universitaria.

v Aplicar y hacer cumplir la normativa establecida.

35. Conocer y utilizar la Normativa Legal que rige el quehacer académico - administrativo de la Instituciones Educativas de nivel superior formadoras del recurso en nutrición.

v Aplicar y cumplir la normativa establecida.

36. Participar y contribuir en las acciones reglamentarias tendientes a la certificación de la Carrera de Nutrición y la Recertificacion del profesional en el campo de la salud.

v Cumplir con los requisitos que exigen estos procesos.

37. Conocer las distintas competencias, responsabilidades, funciones y rol que debe desempeñar el profesional Nutricionista Dietista en sus diferentes campos de acción.

v Desarrollar las funciones de acuerdo a las competencias en el campo que le corresponda desempeñarse.

38. Conocer y aplicar la ley de Defensa Profesional del Nutricionista Dietista.

v Velar porque la Ley de Defensa del Profesional se aplique en su totalidad.

39. Participar activamente en organismos colegiados a nivel local, regional, nacional e internacional que promuevan el desarrollo de la profesión y del profesional.

v Apoyar las gestiones y tomar decisiones amparadas en la base legal de la LOSCCA, Ley de Defensa Profesional, Código de Ética y otras leyes y reglamentos que rigen el ejercicio profesional,

40. Intervenir en Programas de Salud, alimentario nutricional que se generen ante situaciones de desastres, epidemias y catástrofes.

v Elaborar y ejecutar el plan emergente

Dieta Enteral para el Hogar


UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE
ESCUELA DE NUTRICIÓN Y SALUD COMUNITARIA

HOSPITAL PEDIÁTRICO “BACA ORTIZ”
GESTIÓN HOTELERA. DEPARTAMENTO DE NUTRICIÓN Y DIETÉTICA
UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE
ESCUELA DE NUTRICIÓN Y SALUD COMUNITARIA



Fecha: 17 de junio de 2008.

I.- DATOS GENERALES.

NOMBRE:

Prescripción Dietética: NUTRICIÓN ENTERAL POR GASTROSTOMÍA.

II.- ORDEN DIETÉTICA:

VOLUMEN TOTAL: 2200 mililitros VOLUMEN cada toma: 440 ml.

RECOMENDACIÓN ENERGÉTICA Y NUTRIMENTAL.

VALOR ENERGÉTICO TOTAL (VCT) = 2200 Kilocalorías.

PROTEÍNA = 66.0 g. 264 Kcal. 12 % del VCT
GRASA = 68.0 g. 616 Kcal. 28 % del VCT
H. de C. = 330.0 g. 1320 Kcal. 60 % del VCT
Vit C. = 60 mg.
ClNa = 3 g.
OSMOLARIDAD = 400 mOsmol/litro

DISTRIBUCIÓN:

TIPO DE PREPARACIÓN HORARIO

1. PREPARACIÓN PARA SONDA. 13:00, 16:00 y 19:00 Horas

2. FÓRMULA: ENSURE O FÓRMULA NORMAL 07:00, 10:00

INDICACIÓN:

2 TAZAS DE PREPARACIÓN PARA SONDA + 3 cucharaditas de miel de azúcar + 1 cucharadita de aceite de oliva. (para cada toma)
2 TAZAS DE ENSURE (dilución normal) o Fórmula Normal
O FÓRMULA NORMAL + 3 cucharaditas de miel de azúcar + 1 cucharadita de aceite de oliva.
Añadir el aceite y la miel al momento de administrar las preparaciones.



TIPO DE ADMINISTRACIÓN.

· Bolos con jeringa. Habrá que tener cuidado con la velocidad de administración, que no supere 20 mililitros por minuto. (jeringa de 10 cm)

III. MODO DE REALIZAR LAS PREPARACIONES PARA NUTRICIÓN ENTERAL (DIETA ARTESANAL)

DIETA POR SONDA (Ingredientes para 1 Litro)

En 1 litro de agua, cocinar a fuego lento y en recipiente tapado los siguientes alimentos previamente lavados, pelados y picados.


ALIMENTO MEDIDA CASERA PESO NETO (g)

Carne de res magra o
pechuga de pollo 1 onza 30 g.
Acelga, espinaca 3 hojas/medianas o (equivalente 100 g.
Zanahoria amarilla ½ unid/p (4 cucharadas colmadas) 50 g.
Cebolla blanca 1 pedazo pequeño 30 g.
Hierbitas 1 rama ….
Papa 1 unidad pequeña 80 g.
Arroz (cocido) 1 cucharada colmada 15 g.
Huevo 1 unidad mediana 50 g.
Aceite de maíz o soya cantidad indicada ….
Azúcar cantidad indicada ….
Leche deslactosada 1 ½ taza 380 ml.

Cocinar todos los ingredientes en recipiente tapado a fuego lento por 30 minutos a partir de agua en ebullición.
Luego de 30 minutos retirar del fuego y medir. El líquido que debe quedar son 2 tazas llenas (medio litro).
Licuar bien todos los alimentos previamente cocinados con el medio litro de caldo, agregando un huevo cocinado y 1 ½ taza de leche deslactosada hervida.
Cernir la preparación por dos veces moviendo la cernedera sin presionar con cuchara.
La preparación final será un litro de preparación.
Las tomas de preparación se complementaran con miel de azúcar en la cantidad indicada (al 3%). El 3% corresponde aproximadamente a 8 g. de azúcar o 3 cucharaditas de miel por cada taza de preparación (8 onzas)
Preparar el número de tomas requeridas en recipientes tapados individuales.
Dejar enfriar la preparación y guardar en refrigeración o en un lugar fresco y limpio antes de la administración.



Para variar la dieta se mantendrá fijos los siguientes alimentos: el huevo, la leche y el pollo o carne magra y pueden reemplazarse las verduras por: nabo, arveja tierna, zapallo, brócoli. En vez de arroz puede usar: fideo, harina de avena, maicena, banasoya, soya avena, plátano verde.
En caso de estar la preparación muy densa aflojarla agregando un poco de agua hervida.


FORMULA NORMAL (FN) (Ingredientes para un litro)

Hervir 1 litro de leche deslactosada por 5 minutos; guardando ½ taza para luego diluir la maicena.
Diluir dos cucharaditas semi colmadas de maicena en la leche fría, batir bien y agregar a la leche en ebullición.
Dejar cocinar por 10 minutos.
Cernir y calentar a baño Maria antes de ser administrada.
Añadir miel de azúcar al 5% equivalente a 5 cucharaditas de miel por cada 8 onzas (1 taza)

MIEL DE AZÚCAR

En 1 taza de agua en ebullición colocar una taza de azúcar hacer hervir en fuego lento por 5 minutos.
Retirar del fuego, cernir y clarificar agregando 5 gotas de limón.
Se procede a preparar miel para esterilizar el azúcar. Sirve para agregar directamente a las preparaciones para nutrición enteral.

IV. RESPECTO A LA ADMINISTRACIÓN DE LA FÓRMULA

· Comprobar SIEMPRE fecha de caducidad.
· Administrar fórmula a temperatura ambiente.
· Anotar en el frasco fecha y hora de apertura.
· Si no se utiliza el envase completo, cerrar y mantener en refrigeración hasta por 24 horas.
· Desechar cualquier producto en el que se perciban suciedad, grietas, orificios...
· Debido al alto riesgo de contaminación bacteriana, no guardar ningún sobrante de ninguna fórmula ni usar alimentos crudos.
· Almacenar los alimentos o fórmulas no utilizadas en lugar seco y protegidos de la luz.


CUIDADOS EN LA MANIPULACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA FÓRMULA

· Lavarse bien las manos con agua y jabón, aclararlas y secarlas.
· Utilizar líneas y equipos limpios.
· Para asegurar la correcta tolerancia de la fórmula por parte del paciente; se aconsejan iniciar la nutrición enteral con administraciones progresivas.
· Controlar y adecuar la velocidad de infusión y la temperatura de la fórmula que se administra.
· Verificar siempre la situación de la sonda.
· Mantener al paciente en ángulo de 30 – 45º mientras se le administra la dieta y hasta 30 minutos después. Incluso mantener ligeramente incorporado al paciente si se trata de administración continua para evitar regurgitaciones y posibles aspiraciones hacia el sistema respiratorio.
· Comprobar si no hay mucho residuo gástrico entre toma y toma, preguntando al paciente como se encuentra y si no demuestra sensación de llenura, en cuyo caso se suspende una toma y se lo administra en el siguiente turno y horario.
· No administrar mayor cantidad de alimento que el recomendado. En los primeros días de NE se administra la fórmula de forma progresiva hasta alcanzar el volumen necesario, pero una vez en el domicilio no debemos variar la cantidad.
· Una vez establecida la velocidad de infusión no variarla ni superar los 20 ml/min y comprobarla con frecuencia.
· Después de administrar el alimento, lavar la sonda con 30 mililitros de agua y posteriormente taparla hasta la próxima administración.





Dra. M.Sc. Romelia Goyes H.
LÍDER GESTIÓN HOTELERA HBO.